TRABAJOS LIBRES
El divorcio de Viviane
Norma
Pampuro
Introducción
A
partir de la visión de la película Gett, el Divorcio de Viviane Amsalem, de
Ronit y Shlomi Elkabetz, (2014) me propongo abordar la problemática de género
en el contexto de la sociedad israelí, donde aún no existe el matrimonio civil;
según las leyes religiosas, solo el marido puede conceder el divorcio.
Paralelamente
la idea es desarrollar alguna reflexión sobre las manifestaciones de violencia
vincular y del sistema social.
En
el film aparecen aspectos de la violencia no física y simbólica,[1] convalidada por las
convicciones transmitidas por el
contexto social y las normativas y condicionamientos que hace cumplir lo
institucional, es este caso el Tribunal Rabínico.
En
el filme quedan expresadas las dificultades por las que transita una mujer
judía religiosa para obtener su autonomía, su libertad en su vínculo de pareja
y en su vida.
Desarrollo
El
divorcio en Israel
Carmen
Rengel (Jerusalem 2011) en su artículo “El divorcio es cosa de hombres … y de
rabinos” describe: “Las bodas civiles no existen en la sociedad israelí pero
mucho menos aún los divorcios civiles: los rabinos deciden sobre la separación
matrimonial, sometido siempre a la voluntad del marido, según la ley del
Talmud,[2] en vigor en Israel”. Los
matrimonios se concretan por el rito religioso. Las parejas casadas por lo
civil son reconocidas por la ley judía y por lo tanto en los divorcios, las máximas
autoridades judías tienen derecho a discutir el final de una relación de esta
naturaleza. Los rabinos además tienen autoridad para decidir en materia de
pensiones alimenticias, custodia de hijos y reparto de bienes. La última
palabra la tiene el marido, que es quien concede el divorcio y el rabino lo
ratifica y pone las condiciones. Una pareja no puede separarse sin el permiso
del rabino, pero tampoco si el esposo se niega a firmar los papeles
correspondientes.
El
‘sectarismo’ de estas normas se extiende a los hijos. El diario Jerusalem
Post develó el 17 de noviembre 2016 el caso de una mujer, Michal, de 30
años, que ha dado a luz a una hija que el Estado considera ‘bastarda’ (mamzer)
pese a tener un padre reconocido. La ley
rabínica define como tal a un niño cuyo padre no es el marido de la madre. Todo
parte de la Ley de Registro Poblacional (1965), que incluye la ‘cláusula del
bastardo’. Ésta explicita que un niño nacido menos de 300 días después de que
su madre quede viuda o se divorcie no podrá tener un padre reconocido, ante la
“imposibilidad” de decir a ciencia cierta quién ha sido el progenitor real.
Se calcula que en la sociedad judía hay miles
de mujeres en matrimonios rotos, en los que sus maridos se niegan a darles los
documentos religiosos necesarios para el divorcio. En algunos casos, la esposa
puede permanecer atrapada en esa situación durante años, ante la imposibilidad
de rehacer su vida. Como judía devota, se le prohíbe salir con alguien, volver
a casarse o tener ninguna clase de relación con otro hombre hasta que se
divorcie.
"Una mujer cuyo esposo se niega a darle
el divorcio es realmente rehén de su matrimonio”. "Es la forma más extrema
de abuso emocional, porque él la está confinando a la soledad". (Carmen
Rengel, Jerusalén 2011). Así se establece desde el Estado relaciones de
dominación que hacen pie en la diferencia sexual y de género.
Gett: El divorcio de Viviane Amsalem
La película cuenta la historia de un
matrimonio disfuncional[3] que emigró de Marruecos a
Israel. Viviane Amsalem está separada
desde hace años de Elisha, su marido y quiere conseguir el divorcio, lo que
ella considera un derecho y el acceso a su autonomía. Viviane, desea
divorciarse de su marido, dice que no quiere vivir más con él, alega maltrato.
Elisha, el marido se niega a concederle el divorcio, quiere que Viviane regrese
al hogar, dice amarla.
Comienza un largo proceso judicial, en el
cual Viviane demanda su libertad jurídica. El desarrollo del proceso transcurre
con el relato de los acontecimientos en las sucesivas sesiones ante el Tribunal
Rabínico.
Viviane en su alegato manifiesta que el
marido no ha tenido en cuenta su subjetividad, que ha sido denigrada, no
respetada, “dame mi libertad, dame mi divorcio” suplica.
El marido no concurría a varias de las
múltiples citaciones que ordenaba el tribunal rabínico. Tras un proceso de
varios años, el divorcio le es denegado, el abogado de la mujer apela ante el
Tribunal Rabínico. En una última reunión con el Tribunal Rabínico, y atendidas
las apelaciones, se resuelve concretar el divorcio.
Para ello el rabino enuncia las condiciones
que debe cumplir el marido para hacerlo posible, le pide a Elisha que las
enuncie verbalmente, entre ellas la referida a la libertad para que la mujer
pueda armar pareja con otra persona, a lo cual el marido se niega. Finalmente,
Viviane llega a un acuerdo con Elisha, acepta la condición impuesta por él y
obtiene el divorcio.
En el transcurrir de la película, cabe
señalar escenas muy significativas con respecto al lugar de la mujer en el
contexto descripto.
En una de las escenas la cámara recorre la
imagen de Viviane. Su vestimenta era diferente a anteriores encuentros, la ropa
era de color y calzaba sandalias con taco alto. Se podría conjeturar que la
intención del director fue mostrar que algo del orden de la sensualidad
aparecen cuestionados. A través del discurso de los testigos citados se
transmitía la idiosincrasia del grupo.
Una vecina llamada a testificar por el
tribunal, lo hace luego de que testificó su marido. Se le requiere al marido
que se retire de la sala dado que finalizó su declaración, a lo cual se niega y
controla y acota a las declaraciones de su mujer, que cada tanto gira para
mirarlo, buscando aprobación. La mujer se presenta como ama de casa, que cuida
de su marido y sus hijos, realiza las tareas hogareñas y que trabaja en el
negocio de especias que tiene su marido, “lo normal”, él nos mantiene dice
refiriéndose al marido. Por momentos apoya la situación de Viviane, pero
temerosa de su marido termina diciendo “una mujer inteligente debe saber cuándo
callar”.
También se pone en duda la “moralidad” de
Viviane al atribuirle a un encuentro con su abogado por cuestiones del juicio
un cariz amoroso.
En el transcurrir del film, las múltiples
manifestaciones de violencia hacia la mujer, naturalizadas en un discurso
cerrado y sesgado, pueden llegar a sorprender en el sentido de un proceder
injusto, desigual, no sólo pensado desde el sentido común sino también desde la
ley, hace suponer que subyace un sentimiento de debilidad contrarrestado por
posturas irrenunciables de afirmación del lugar del hombre, detentando un poder
omnipotente. La actitud hostil manifiesta en los intercambios de decires, se
profundiza ante la perseverancia de Viviane y se evidencia en los continuos
asedios para que renuncie a su petición.
A modo de reflexión me resulta un aporte útil
remitirme a un texto de S. Freud (1912), Sobre la más generalizada degradación
de la vida amorosa, dice: “La corriente tierna y sensual se encuentran
fusionadas entre sí en las menos de las personas cultas; casi siempre el hombre
se siente limitado en su quehacer sexual por el respeto a la mujer, y solo
desarrolla su potencia plena cuando está frente a un objeto sexual degradado…”,
“…de una mujer inferior éticamente a quien no se vea precisado a atribuirle
reparos estéticos…”, “A una mujer así consagra de preferencia su fuerza sexual,
aunque su ternura pertenezca por entero a una de superior condición”. (P.179).
En referencia a la vida sexual de los pueblos
primitivos y la condición impuesta a la mujer con respecto a la virginidad,
refiere que “no es más que la aplicación consecuente del derecho de propiedad
exclusiva sobre la mujer; es la esencia de la monogamia: la extensión de ese
monopolio hacia el pasado”. (P.189).
En “Sobre la más generalizada degradación de
la vida amorosa”(Contribuciones a la psicología del amor, II) (l912),(p.177),
Freud vuelve sobre la fusión de las corrientes tierna y sensual, y dirá: “Para
protegerse de esa perturbación, el principal recurso de que se vale el hombre
que se encuentra en esa escisión amorosa consiste en la degradación psíquica
del objeto sexual, al par que la sobreestimación que normalmente recae sobre el
objeto sexual es reservada para el
objeto incestuoso y sus subrogaciones”.
En “El tabú de la virginidad” menciona a Von
Krafft-Ebing (1892) que refiere el “Estado de servidumbre sexual” que la
consideraba necesaria… “resulta enteramente necesaria si es que el vínculo ha
de tener alguna permanencia”. (p.189).
La inclusión de estos aportes responde a la
necesidad de tratar de dilucidar la pregunta sobre la persistencia de la
asimetría y desigualdad desde donde en algunas sociedades se piensa el lugar de
la mujer. Si bien ha transcurrido tiempo y con ello transformaciones sociales,
desarrollos y conquistas de derechos de la mujer, son notables las
manifestaciones en contrario.
Probablemente, lo que muestra la película de
la lucha que encarna Viviane, y que desde nuestra mirada hasta se afirme que es
un anacronismo, no le quita su carácter de denuncia y de actualidad.
Sin embargo, lo que no se nos puede ir de la
mira, es que si alguien padece, sometido a un otro que ejerce su poder y
autoritarismo, intimidando y coercionando, sin posibilidad alguna de salida, sí
es violencia y se instituye como tal, en ese caso de género. El lugar de la
mujer es asimilado a un objeto “privilegiado” y sin autonomía cuya posesión no
se negocia.
Xavier Crettiez, en Las formas de la
Violencia, menciona que “existe la dificultad de medir la violencia de la que
se habla… la violencia es muy relativa y se percibe en forma muy distinta según
las épocas, los medios sociales, los universos culturales”. “La dificultad para
medir la violencia reside, pues en la falta de vivencias comparables y
criterios culturales comunes, incluso en el seno de universos semejantes”. (p.11/12).
Si bien es cierto que la violencia puede ser
calificada con diferentes criterios según las épocas y el orden cultural al que
pertenecen, la dominancia ejercida sobre otro directa o indirectamente, la
tensión que se produce entre los sujetos y la tendencia al arrasamiento de la
subjetividad del otro producen afectos del orden del avasallamiento y
difícilmente se pueden “medir” y “relativizar”.
En la película, el otro, con su cualidad de
ajeno, autónomo, no está considerado como tal, no puede ser abarcado
representacionalmente por Elisha, la distancia entre el semejante y el
“extraño” insiste en reducirla, y la ajenidad del otro que existirá siempre, no
puede ser abarcable ni representable. En ese sentido, se puede afirmar que
Vivianne sale airosa en su deseo.
Elisha a través de la ley que lo autoriza
ejerce poder y violencia. Esto remite a pensar en un concepto de Piera
Aulagnier que es el de contrato narcisista[4].
Algunas
reflexiones
El otro en un vínculo y por ende la
“imposición” de su subjetividad, exige un trabajo psíquico al sujeto que
redundará en producciones inconscientes vinculares y en el propio sujeto.
La presencia del otro en un vínculo también
ejerce violencia, pero en el sentido de violencia primaria[5], o sea aquella necesaria
para constituirse como sujeto, que también será exigencia de trabajo psíquico y
que constituirá el campo vincular.
Cuando el otro del vínculo por su diferencia
y diversidad con lo propio, no es pensado como sujeto se anula la posibilidad
de estar con ese otro. La instalación en el vínculo del pensamiento único, lo
uno en el sentido de lo absoluto, expresado en el “sentido común” que lo
sostiene, inhabilita cualquier diálogo posible. Si pensamos en el espacio
vincular de la pareja de la película, las diferencias no procesadas y la
alteridad no tolerada ni negociada, les generan malestares que no pudieron ser
metabolizados por ellos.
Esto desmitifica o reubica a los actores
sacándolos de un lugar de víctima o violento victimario, dado que se trata de
una producción vincular. Sin embargo, el apoyo del “cerrado” contexto cultural,
anula la posibilidad de cada uno de los miembros del vínculo a disolverlo en
caso de así desearlo. Elisha a través de la ley que lo autoriza ejerce poder y
violencia. (contrato narcisista).
Pierre Bourdieu (1999) inaugura el concepto
de violencia simbólica. La define como esa violencia que somete pero que no se
percibe como tal dado que se apoya en las expectativas colectivas. Estima que
la violencia simbólica es una violencia activa que tiene efectos sobre la
subjetividad. Es una violencia activa que se filtra por los múltiples canales
que implica la comunicación en la sociedad y se naturaliza de modo tal que los
que la padecen contribuyen a instaurarla sin advertirlo.
Sin embargo, en algún momento comienza a
visibilizarse por diversos medios y por pensares críticos con lo cual deja de
permanecer negativizado[6]. Algo del acuerdo
sostenido hasta el momento se rompe.
El historiador Marc Ferro (1995) nos habla
del cine y su interrelación con los acaeceres que tienen lugar en el mundo. Es
una “presencia” que relata hechos, acontecimientos que de diversas maneras
reflejan lo humano, lo temporal, lo histórico, lo social. Considera que esta
participación lo hace agente de la historia pues deja su marca como testimonio
de los aconteceres y transformaciones sociales.
Afirma que el cine no refleja, construye, es
fuente para la historia y agente pues impulsa a un cambio, dado que siempre una
película resuena y actualiza en el presente, aunque su relato se ubique en el
pasado o en el futuro.
Los cambios de paradigmas suelen tener sus
tiempos, llevan generaciones, dado que están inscriptos desde mucho tiempo en
lo social. La sociedad israelí está percibiendo los malestares producidos por
la situación y el lugar asignado a las mujeres, que se supone un lugar
“protector” aunque sean soldados.
Bibliografía
- Aulagnier Piera (l975): La violencia de la interpretación. Del pictograma al enun- ciado. Amorrortu editores. (1991).
- Bordieu Pierre y Jean Claude Passeron (l999): Fundamentos de una teoría de la violencia simbólica. Biblioteca Virtual de Ciencias Sociales. Ed. Popular. España 2001.
- Crettiez Xavier (2008): Las formas de la violencia. Waldhuter Editores 2009.
- Freud, Sigmund (1912): Sobre la más generalizada degradación de la vida amorosa. (Contribuciones a la psicología del amor, II). Vol. 11. Amorrortu Editores. (1986) p. 179
- Freud, Sigmund (1918[1917]): El tabú de la virginidad. (Contribuciones a la psicología del amor, III) Amorrortu Editores. Vol.11-1986- (1° reedición) p. 189.
Descriptores: género, vínculo, violencia, imposición
Resumen
A
partir de la visión de la película Gett, el Divorcio de Vivian Amsalem, de
Ronit y Shlomi Elkabetz, (2014) abordo la problemática de género en el contexto
de la sociedad israelí, donde aún no existe el matrimonio civil; según las
leyes religiosas, solo el marido puede conceder el divorcio.
Las
manifestaciones de violencia vincular y del sistema social en el filme quedan
expresadas en la arbitrariedad ejercida sobre la mujer referida a sus derechos,
la violencia simbólica, convalidada por las convicciones transmitidas por el
contexto cultural y las normativas y condicionamientos que hacen cumplir lo
institucional, en este caso el Tribunal Rabínico y las dificultades en las que
se encuentra la mujer para obtener su autonomía, su libertad en el vínculo y en
su vida.
[1]
Violencia indirecta y no físicamente directa contra otro, el cual no la
evidencia o naturaliza dichas prácticas en su contra, por lo cual son
“cómplices de la dominación a la que están sometidos”. Bourdieu, 1994.
[2]
Ley del Talmud: El Talmud es una obra que recoge principalmente las discusiones
rabínicas sobres las leyes judías, tradiciones, costumbres, narraciones y
dichos, parábolas, historias y leyendas. (Wikipedia, la enciclopedia libre).
(es.m.wikipedia.or)
[3]
Trama vincular donde los pactos y alianzas inconscientes que sostenían al
vínculo entran en conflicto de modo tal que hace lugar aquello que podría
disolverlo.
[4] El
contrato narcisista está referido al registro sociocultural que engloba al
conjunto de instituciones cuyo funcionamiento está establecido en base a un
discurso que afirma su justificación y su necesidad y es un discurso
ideológico. En ese contexto social en el que se incluyen el infans y el grupo,
éste último pensará a ese infans según sus parámetros, y le dará derecho a
ocupar un lugar en el mismo mientras sea acorde a la ideología del
conjunto. “… desde su llegada al mundo,
el grupo catectiza al infans como voz futura a la que solicitará que repita los
enunciados de una voz muerta y que garantice así la permanencia cualitativa y
cuantitativa de un cuerpo que se autorregenerará en forma continua”. (P.
Aulagnier, p.164).
[5]
Violencia primaria: de la situación de encuentro del infans con el mundo y la
necesidad de conocerlo y representarlo, la madre realiza un trabajo psíquico
que va a ser estructurante y anticipatorio en la psiquis del infans. La
violencia primaria está referida como constitutiva del funcionamiento
psiquismo. (Concepto de Piera Aulagnier).
[6]
Negativizado está expresado en el sentido que lo conceptualiza René Kaës en “Lo
negativo”, Amorrortu, Bs.As. Está referido a los espacios inter y
transubjetivos. En un conjunto transubjetivo, lo negativizado permanecerá por
un acuerdo común e inconsciente, reprimido, negado, rechazado. De modo tal que
asegura el cumplimiento de los ideales del conjunto. Dentro de la negatividad
se destaca lo expulsado por el grupo al instituirse. Algo de lo que no deberá
tener noticias el “conjunto” queda expulsado, reprimido, permanecerán inconscientes,
producirán efectos y permanecerán al servicio del conjunto.
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